Universidad Central de Chile
El Sindicato de Trabajadores de la Universidad Central defiende, protege y promueve los intereses colectivos de cada funcionario.
Nuestra historia
Fundado el 23 de octubre de 1990 en la ciudad de Santiago, el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Central de Chile lleva más de tres décadas defendiendo los intereses de los trabajadores de nuestra casa de estudios. Inscrito en el Registro Sindical Único bajo el N° 13012450, con domicilio en la comuna de Santiago y jurisdicción en el área Metropolitana.
Nuestro propósito es representar a los trabajadores afiliados en el ejercicio de sus derechos, negociar colectivamente para mejorar sus condiciones laborales, prestar ayuda mutua entre asociados y promover la educación sindical, técnica y general de nuestros socios.
Velamos además por la prevención de riesgos laborales, el mejoramiento de la calidad del empleo y el acceso a servicios de asesoría jurídica, educacional y socioeconómica para todos nuestros afiliados.
La Asamblea de Socios es nuestra máxima autoridad deliberante y decisoria, y se reúne ordinariamente cada 45 días para resolver los asuntos que permitan la mejor marcha de la organización.
Paso a paso
El proceso de afiliación es voluntario, sencillo y está regulado por nuestros estatutos.
Descarga el formulario de solicitud de afiliación disponible en la sección de Documentos de este sitio.
Completa el formulario y preséntalo por escrito ante el Secretario del Sindicato o envíalo a nuestro correo electrónico.
Tu solicitud será resuelta en la próxima asamblea ordinaria. Si no se trata, se entiende automáticamente aprobada.
Una vez aprobada tu solicitud, la fecha de ingreso será la de presentación de tu solicitud escrita.
Artículos 5° y 6°
Votar y ser votado para cargos sindicales según lo establecido en el estatuto.
Ser representado por el Sindicato en la negociación colectiva y en el ejercicio de derechos del contrato individual.
Participar en todas las actividades y decisiones del Sindicato con libertad de expresión.
Presentarse como candidato al Directorio Sindical y a las diferentes comisiones.
Acceder a la información y documentación del Sindicato cuando lo requiera.
Pagar oportunamente la cuota sindical mensual equivalente al 1% del sueldo base.
Conocer el Estatuto y el Reglamento, respetando sus disposiciones y acuerdos de Asamblea.
Concurrir a las asambleas convocadas y cooperar en las labores de la organización.
Firmar el registro de socios y comunicar al Secretario cualquier cambio de datos personales.
Aceptar los cargos y comisiones que les sean encomendados por la organización.
Artículo 51°
El Directorio es asesorado por comisiones especializadas que velan por el bienestar integral de los socios.
Respuestas claras
Para los socios
Al afiliarte accedes a una red de convenios y protecciones que marcan la diferencia en tu vida cotidiana.
Representación legal ante autoridades administrativas o judiciales y asesoría en el ejercicio de derechos laborales individuales y colectivos.
Representación en la mesa de negociación para mejorar remuneraciones y condiciones laborales.
Un reconocimiento para cada socio en fechas especiales: Cumpleaños, Día del Trabajador y Aniversario del Sindicato.
Cuidamos de ti
Reconocer las señales a tiempo es el primer paso para actuar. Aquí van algunos tips para identificarlo, y qué hacer si te está pasando a ti o a un compañero.
Si estás viviendo esta situación, escríbenos a través del formulario de contacto. Como socio, cuentas con asesoría jurídica del sindicato para que sepas exactamente qué pasos seguir, con acompañamiento en todo el proceso.
También puedes denunciar directamente ante tu empleador (protocolo interno) o ante la Dirección del Trabajo. Puedes revisar el texto completo de la Ley Karin, que regula esta materia.
Normativas y procedimientos que todo socio debería conocer. Haz clic para desplegar cada una.
La Ley Karin (N° 21.643) obliga a la Universidad a contar con un protocolo de prevención del acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, e investigar toda denuncia formal en un plazo máximo de 30 días hábiles. Terminada la investigación, el caso puede derivarse a la Dirección del Trabajo o a la Superintendencia de Seguridad Social para su sanción. Revisa el texto completo de la ley.
La Ley 21.645, vigente desde enero de 2024, da derecho a trabajo a distancia o teletrabajo a quienes tienen el cuidado personal de un niño o niña menor de 14 años, o de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada. También contempla el derecho preferente a usar el feriado legal y la posibilidad de reducir transitoriamente la jornada durante las vacaciones escolares. Más información en la Subsecretaría del Trabajo.
La Ley 21.561 reduce en forma gradual la jornada ordinaria semanal: de 45 a 44 horas desde abril de 2024, a 42 horas desde abril de 2026, y a 40 horas desde abril de 2028. Es un cambio legal que aplica a todos los trabajadores del Código del Trabajo, no algo negociado particularmente por el Sindicato. Detalles en el sitio del Ministerio del Trabajo.
La trabajadora tiene fuero laboral (protección contra el despido sin autorización judicial) desde el inicio del embarazo y hasta un año después de terminado el postnatal. Al descanso de maternidad (6 semanas antes del parto y 12 semanas después) se suma el postnatal parental, un periodo adicional que puede tomarse a jornada completa o combinarse con trabajo a media jornada por más semanas. Las condiciones específicas de cada caso conviene confirmarlas con la Superintendencia de Seguridad Social.
El artículo 203 del Código del Trabajo obliga a financiar sala cuna para hijos e hijas menores de dos años de las trabajadoras. Como viste en la sección de Beneficios, este derecho está reforzado en nuestro contrato colectivo, incluyendo un bono compensatorio cuando no es posible usar la sala cuna asignada. Revisa el texto legal en BCN.
Período 2025–2028
Cargo sujeto a reestructuración al cabo de un año.
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